Reglamento De Transgresiones y Penas
de la liga Dominoplay/Dplay
en vigencia a partir del 20 de Enero de 2007
Artículo 1:Todas las sanciones contenidas en este Reglamento de Transgresiones y Penas rigen para todos los jugadores registrados en
Artículo 2: Se considera hecho sancionable a todo lo que ofenda o agravie en alguna medida a un miembro de la liga , sea éste insulto o falta de respeto. Del mismo modo alcanza a quienes no cumplan con las reglas de juego establecidas o impidan el normal desarrollo de un torneo.
Artículo 3: De la forma de solicitar sanción
a. Cualquier jugador perteneciente a la liga Dominoplay/Dplay tiene derecho a presentar queja sobre otro.
b. Se elevará la queja formal concreta, , en un email dirigido a cualquier miembro de la administración poniendo como ASUNTO: PEDIDO DE SANCION. Dicho informe deberá detallar con la mayor precisión posible los acontecimientos agregando incluso, las pruebas que considere necesarias. (capturas, testigos, etc.)
c. El mismo será reenviado a
d.
e. En caso de que la agresión sea dirigida a
Artículo 4: De los responsables de emitir sanción y aplicación de sanciones
a.
b. En caso de ser falta menor o que exista arrepentimiento de ambas partes con las debidas disculpas, se declarará Sanción en Suspenso, que se hará efectiva sólo si hay reincidencia sumándosele a una falta posterior.
Artículo 5: De la categorización de los insultos
a. Se considera INSULTO LEVE a aquellos que sin llegar a ser las expresiones conocidas como "malas palabras" agravien en algún sentido a otro jugador o denoten cualquier tipo de discriminación. Términos como (bobo/a, estúpido/a, etc.) siempre teniendo en cuenta el contexto en el que se realizan.
b. Se considera INSULTO GRAVE a aquellos conocidos como "malas palabras", siempre teniendo en cuenta el contexto en el que se realizan.
c. Se considera INSULTO GRAVÍSIMO a la reiteración de "malas palabras" y/o agravio dirigidos a familiares directos o personales, siempre teniendo en cuenta el contexto en el que se realizan.
d. Se considera INSULTO PÚBLICO al realizado a la vista de tres o más jugadores.
e. Se considera INSULTO PRIVADO al realizado a la vista de 2 jugadores sea en mesa de torneo o mensaje privado, siempre y cuando el mismo pueda ser comprobado por captura de imagen o cualquier otro medio.
Artículo 6: Del alcance de las sanciones
a. INSULTO LEVE PUBLICO comprobado: inhabilitación de
b. INSULTO GRAVE PUBLICO comprobado: inhabilitación de
c. INSULTO GRAVÍSIMO PUBLICO comprobado:
d. INSULTO LEVE PRIVADO comprobado: inhabilitación entre 1 y 2 días a contar desde el momento de emitirse la sanción .
e. INSULTO GRAVE PRIVADO comprobado: inhabilitación de
f. INSULTO GRAVE PRIVADO comprobado: inhabilitación entre 11 y 20 días a partir del momento de emitida la sanción.
g. En el caso de que el SANCIONADO sea un TD en funciones, la sanción se duplica
Artículo 7: De las sanciones correspondientes a DESAFIOS DE LIGA
a. Por NO REPORTAR DERROTA en desafío de Liga y luego de que un TD verificase el desafío, pasadas 24 hs de no haberse realizado dicho reporte, se le reportarán 3 derrotas con el rival al que no haya reportado.
b. Por reportar con otro Nick que no sea con el se jugó el desafío, se le reportarán 5 derrotas por cada partido no reportado, más una suspensión de 1 día por cada desafío no reportado.
c. Si el reporte es a un nick duplicado o falso se le descontarán 50 posiciones del Rank, 100 puntos de Rating y se borrarán los duplicados , más 2 días de suspensión.
Artículo 8: Reincidencia
a. La reincidencia de uno o más de los hechos expresados en este Reglamento duplicará la sanción correspondiente.
b. Luego de la tercera reincidencia,
Artículo 9: De la comunicación de las sanciones
a. A los efectos de que todos los jugadores conozcan cuáles son los jugadores inhabilitados, se procederá a informar a través de la página de
b. Al momento de la emisión de una sanción, se enviará un mensaje al jugador sancionado. El mismo deberá contener, al menos, los siguientes datos: nombre del denunciante, breve descripción del motivo de la sanción y artículos del Reglamento aplicados.
Artículo 10 : Cualquier situación no prevista en este reglamento será decidida por
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